La Justicia ordenó al Gobierno que entregue medicación a pacientes con cáncer y otras enfermedades graves
- Publicado el 02/01/2025
A raíz de un amparo colectivo presentado en abril por organizaciones sociales que acompañan a personas con cáncer y otras enfermedades graves, la Justicia ordenó al gobierno de Javier Milei que resuelva los pedidos realizados por pacientes vulnerables a través de la Dirección de Asistencia Directa por Situaciones Especiales (DADSE). En los primeros meses del año hubo al menos siete muertes entre quienes sufrían demoras e interrupciones por parte de esa dependencia.
La medida cautelar fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 2, a cargo de Marcelo Bruno Dos Santos. El magistrado hizo lugar a la cautelar y dio un plazo de diez días al Gobierno para que “resuelva los expedientes administrativos sobre solicitudes de subsidio que tengan una demora de más de 60 días y, en el plazo de veinte (20), adecue todos los expedientes administrativos al procedimiento previsto en la ley 19.549 —en especial el plazo de sesenta días para su resolución”.
La denuncia por la interrupción y las dilaciones en las respuestas por parte de la Dadse había sido presentada por la Alianza Argentina de Pacientes Asociación Civil (ALAPA), la Asociación Mucopolisacaridosis Argentina (AMA), la Asociación Civil SOSTEN, la Fundación Entrelazando Esperanza, la Fundación Grupo Efecto Positivo y la Asociación Civil Geselina Llegaremos a tiempo.
“El fallo confirma nuestras denuncias respecto a la grave paralización en la gestión de subsidios de mediano y bajo costo, así como en las ayudas a familiares. Desde la asunción del gobierno de Javier Milei, la falta de gestión ha afectado profundamente a miles de personas, privándoles de los medicamentos esenciales para garantizar su derecho a la Salud, corolario del derecho a la vida”, dijeron las organizaciones a través de un comunicado. Y remarcaron que “este fallo no solo es una victoria judicial de las organizaciones sino que refuerza un principio fundamental: el derecho a la salud es un derecho humano básico. El acceso a medicamentos que salvan vidas no puede ser obstaculizado por la ineficiencia administrativa ni por decisiones políticas que vulneren la dignidad de las personas”.
Datos matan relato
En su escrito, el juez Dos Santos repasó los pedidos de informes y citaciones a las autoridades de la Dadse, que argumentaron estar cumpliendo en tiempo y forma –en menos de 60 días- los requerimientos de medicación de alto costo para pacientes vulnerables que cumplieran con todos los trámites y requisitos exigidos.
“Sin embargo –observó el magistrado- al analizar los datos brindados por la demandada a través del informe presentado en fecha 23/09/24 que solo se refiere a subsidios por medicación de alto costo (…) corresponde destacar lo siguiente:
a) de las 863 solicitudes iniciadas en el 2023, 96 de ellas se encuentran aún en trámite;
b) de la totalidad de los expedientes en trámite (940), en 829 tienen una demora de más de 60 días hábiles administrativos, y
c) de los 141 expedientes en trámite sobre niñas, niños y adolescentes, en 119 se excede el plazo de 60 días hábiles administrativos.”
“Esto demuestra a las claras que se estaría conculcando el derecho de los particulares que solicitan un subsidio por razones de salud a obtener una decisión en un plazo razonable”, concluyó el juez. Y agregó: “No puedo pasar por alto la conducta procesal desplegada por la dirección letrada y representación de la demandada en este proceso colectivo, que no compareció a la audiencia fijada para el día 18/10/24, no presentó el informe requerido el 11/09/24 en tiempo oportuno, no brindó una explicación concreta respecto de la demora de más de 60 días que existiría en más de 800 expedientes administrativos como fue peticionado el 05/12/24 y tampoco expuso sus argumentos respecto de la medida cautelar solicitada según fuera dispuesto en la audiencia del 10/12/24”.
Durante el desarrollo de su fallo también citó jurisprudencia que va en contra del planteo del Gobierno Nacional al desentenderse de casos cuya responsabilidad atribuye a las provincias. Rechazó también el planteo de que la Dadse sólo debería actuar ante requerimientos de tratamientos y medicaciones de alto costo, aludiendo al caso de un paciente (y denunciante) que dejó de recibir sus remedios de costo medio pese a que ninguna disposición así lo establece.
Un reclamo colectivo
“La DADSE es el último recurso que tienen pacientes oncológicos y de otras patologías, de bajo, medio y alto costo, que no tienen obra social ni otra cobertura médica, que no reciben ningún tipo de subsidio o transferencia económica (todos tienen certificado negativo de ANSES) y que tanto sus propias jurisdicciones u otros bancos de medicamentos les han dado una negativa a cubrir su medicación. La DADSE es el modo en que el gobierno federal cubre, de manera subsidiaria, las obligaciones básicas del derecho a la salud comprometido internacionalmente”, advirtieron las entidades denunciantes en abril, para dar cuenta de la importancia de que se mantenga en pie esa área que constituye el último recurso para quienes deben acceder a medicamentos costosos o difíciles y están en situación de vulnerabilidad.
Para entonces ya se habían conocido los casos fatales de Aldo Pinto (Salta), Camila Giménez (Córdoba), Alfredo González, María Teresa Troiano, Mariana Floridia, Patricio Romanos y Alexis Almirón (los cinco de Buenos Aires).
Fuente Tiempo Argentino