El Gobierno avanza hacia una cuarentena administrada en 9 provincias

  • Publicado el 24/04/2020

El Gobierno nacional oficializó hoy, por medio de tres disposiciones administrativas publicadas en el Boletín Oficial, la flexibilización de la cuarentena en 9 provincias. En ellas se reanudarán diversas actividades, como las obras de construcción en el ámbito privado y la de las denominadas profesiones liberales. Las disposiciones forman parte de las autorizaciones para la realización de ciertas actividades y la prestación de algunos servicios en los distritos que presentan baja circulación del coronavirus y fueron firmadas por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, ya que las restricciones del aislamiento social se levantan previa verificación por parte de las autoridades de salud y con el estricto cumplimiento de protocolos.

Por medio de la Decisión Administrativa 625/2020 de la Jefatura de Gabinete, se autorizó la reanudación de las obras de construcción en el ámbito privado en San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, Mendoza, La Pampa y Jujuy. Los gobernadores debieron presentar un protocolo sanitario que se tendrá que respetar estrictamente para la prestación de esa actividad evitando la propagación de la enfermedad. Según aclara el artículo 2, en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus. Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente. "

En la decisión administrativa 622, el Gobierno resolvió permitir la actividad de las "profesiones liberales" en las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy, que quedarán exceptuadas en ese aspecto del aislamiento social obligatorio.La medida establece que esas actividades quedarán sujetas a la "implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales". En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio. Las personas habilitadas a retomar sus actividades tendrán que tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación. Cabe aclarar que la flexibilización de esas actividades "podrá ser dejada sin efecto por cada gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia".

Por medio de la Decisión Administrativa 607/2020 de la Jefatura de Gabinete, se autoriza además la reanudación parcial de actividades en la provincia de Tucumán. Las mismas deberán desarrollarse bajo el cumplimiento estricto presentado por el gobierno de Tucumán que conduce Juan Manzur. A través de la norma, se autoriza el funcionamiento de "establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas y actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas". A su vez, se permite la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística, pero se aclara:  "en ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público".

En Tucumán podrá funcionar la "atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo y ópticas, con el mismo mecanismo.