Cuarentena preventiva obligatoria: en qué consiste y cuales son las excepciones

  • Publicado el 20/03/2020

Finalmente, como lo dio a conocer el presidente de la Nación, Alberto Fernández, después de terminar la reunión con los gobernadores de todas las provincias, se estableció mediante 

un decreto de Necesidad y Urgencia el aislamiento social preventivo y obligatorio que rige desde las 0 de hoy hasta la medianoche del 31 de marzo. 

Las personas deberán permanecer en su residencia habitual para cumplir con el aislamiento y mantendrán abiertos los negocios de cercanía para realizar compras de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad. La custodia del cumplimiento de la normativa estará a cargo de Gendarmería, Policía Federal, Prefectura y las policías provinciales. Será el ministerio de Seguridad el que dispondrá los controles de carácter permanente en rutas, vías y espacios públicos y accesos.

A través del decreto, se prohíbe la libre circulación, con la implementación de controles en rutas y espacios públicos porque el  aislamiento sólo permite desplazamientos mínimos e indispensables: supermercado, farmacia, ferretería, veterinaria, comercio de proximidad. Quedan exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia, diplomático, como así también personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos; Servicios de comunicación audiovisual; Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública. 

A su vez, se exceptúa el  transporte público urbano, los de larga distancia y cabotaje, como ya se informó no circularán durante éstos días. Seguirá funcionando el servicio de recolección de residuos, servicios públicos básicos,  transporte de carga, estaciones de servicios, servicios postales y cajeros automáticos. 

Las personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones seguirán trabajando, aunque no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas. De la misma manera lo harán los servicios de mantenimiento de los servicios básicos como el agua, electricidad, gas, comunicaciones y atención de emergencias. La norma exceptúa a su vez el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad y el servicios de lavandería, de la misma manera que los de distribución de paquetería, vigilancia, limpieza y guardia.

El Jefe de Gabinete de Ministros, como coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” y con recomendación de la autoridad sanitaria podrá ampliar o reducir las excepciones dispuestas, en función de la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento de la presente medida.