Piden procesar a policías que reprimieron a Madres de Plaza de Mayo en 2001
- Publicado el 07/03/2019
Diecisiete años después, la Justicia pidió el procesamiento de cinco policías acusados de golpear a un grupo de Madres de Plaza de Mayo que se había acercado hasta la Casa Rosada el mediodía del 20 de diciembre de 2001, cuando el país explotaba y el gobierno de Fernando de la Rúa vivía sus últimas horas al frente del Poder Ejecutivo. El fiscal Franco Picardi, a cargo de la investigación, los acusó de “vejaciones” ante una “manifestación pacífica”. Las víctimas fueron desde la titular de Madres, Hebe de Bonafini, hasta el hoy dirigente social Juan Grabois.
El fiscal aseguró que aquel ataque, visto por televisión en medio de la incertidumbre que atravesaba el país, pudo haber sido un detonante para lo que vendría después, en donde solo en los alrededores de la Casa de Gobierno hubo cinco muertos. “El ataque a las Madres de Plaza de Mayo bien pudo haber sido la mecha que ha desencadenado el desastre del 20 de diciembre de 2001. De ahí la gravedad de los hechos que en esta causa nos ocupan”, dijo Picardi en el escrito al que accedió Infobae.
La identificación de los sospechosos surgió luego de un análisis sobre fotos y filmaciones que llevó adelante la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal de la Procuración. “La manera en la que algunos de los efectivos montados cargaron contra los manifestantes, repartiendo azotes y látigos a quienes se cruzaran en el camino y, en varias ocasiones, escogiendo especialmente a sus blancos, algunos de los cuales fueron las representantes de la Asociación Madres de Plaza de Mayo excede todo tipo de explicación”, dijo el fiscal.
El tribunal también condenó a Norberto Gaudiero y Raúl Andreozzi por sus responsabilidades en el operativo y a otros cinco funcionarios policiales. También absolvió a otros seis policías y sobreseyó a otros dos. En ese juicio, por primera vez, el Poder Judicial consideró que los funcionarios políticos son penalmente responsables de las consecuencias que tiene la orden de reprimir una protesta social.
Tanto durante la instrucción (que estuvo a cargo de María Servini y hoy comanda el juez Claudio Bonadio) como la Cámara Federal dieron por cierta la participación violenta de la policial, pero se encontraron en la posibilidad de identificarlos. Sin embargo, una pericia encomendada a la DATIP estudió y analizó todos los registros fílmicos y fotográficos de canales de televisión y los diarios y agencias que cubrían aquel día los hechos. Y allí pudo identificar a los cuatro de cinco policías que se abalanzaron sobre las Madres y a un jefe que estuvo a cargo.
“El entonces Cuerpo de Operaciones Federales de la PFA, y siendo aproximadamente las 11:30 hs. del 20 de diciembre de 2001, participaron del avance que realizaran los efectivos a caballo contra las personas que se encontraban manifestando en la Plaza de Mayo, habiendo mostrado en su proceder dicha unidad policial un comportamiento de violencia física excesivo, causante de distintas lesiones y vejaciones en las personas afectadas, entre las que se hallaban Hebe Pastor de Bonafini, Marta Petrone de Badillo, Carmen Ramiro de Guede, Celia Pisani de Prosperi, Elsa Fanti de Manzotti, Evel Aztarde de Petrini, Elvira Díaz de Triana, Martín René Colque, Leonardo Emanuel Díaz y Juan Grabois”, señala la investigación.
Y se añadió: “En relación a las Madres de Plaza de Mayo, repárese que inconfundibles son las damas de pañuelos blancos que se observan en fotos y videos y de toda obviedad parece su presencia. En primer lugar, porque la plaza es su lugar usual de manifestación y, además, el día en que acaecieron los hechos se trataba de un día jueves, razón por la que se encontraban allí en función de su ronda semanal”.
“La conducta del personal policial detentó un carácter eminentemente delictivo, pues se ejerció una violencia desmedida, ilegítima, lesiva e innecesaria. En esta línea de ideas, cabe decir que el uso de la fuerza por parte los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe ser excepcional y si bien pueden ser autorizados a usarla, la misma debe ser utilizada en la medida en que razonablemente sea necesaria. Sin embargo, esas directivas no fueron cumplidas”, opinó el fiscal.
El fiscal también destacó que “se ha comprobado que no existían motivos que justificaran tal proceder, pues quienes debían ser expulsados -según las órdenes emanadas- constituían apenas un grupo de personas reunidas y no estaba en peligro la integridad física del personal policial ni la de ningún funcionario político, así como tampoco se encontraba impedido el acceso a la Casa de Gobierno y los manifestantes no demostraban una actitud hostil de la que pudiera inferirse un ataque”.
Entre sus consideraciones, el fiscal sostuvo que el ataque a las Madres aquel día fue para “evitar la protesta social” y afirmó que, precisamente, “la protesta social constituye un derecho fundamental que se ampara en la libertad de expresión, pues comprende el derecho a buscar, recibir, difundir informaciones e ideas, tanto desde una perspectiva individual como social, y el reconocimiento de su utilidad para una sociedad democrática, de estar enterada de todos los asuntos que hacen a su vida política”.
Fuente: Infobae