Nota de opinión: La tragedia de Once vs. la tragedia de la demagogia punitiva

  • Publicado el 23/02/2020

El día 22 de febrero del año 2012, a las 8:28, el Tren “Chapa 16” de la línea Sarmiento que venía de Moreno hacia Once choca contra la cabecera del andén 2 de la estación terminal causando la muerte de 51 personas y 1 persona por nacer.

El impacto de la formación contra la cabecera también causó heridas de distinta consideración a setecientas ochenta y nueve (789) personas. Dentro de ese grupo, cuatro (4) sufrieron lesiones gravísimas, veintisiete (27) graves y setecientas cincuenta y ocho (758) leves.

Una tragedia que enlutó para siempre la vida de todos los argentinos (aunque algunos han buscado privar a un sector de nuestro país del derecho de llorar junto con los familiares directos por los hermanos que ese día nos dejaron).

En lo que respecta a esta tragedia, lamentablemente se instaló un conjunto de extremos que han sido probadamente falsos y que ponen en evidencia que casi todos los ex funcionarios y empresarios que hoy sufren una condena por ese hecho tristísimo de la vida del país no deberían haber sido condenados. Una decisión que más temprano que tarde debe ser revisada.

En primer lugar, hoy ha quedado claro que el motorman nunca aplicó los frenos de esa formación, la cual se estrelló contra el andén a una velocidad aproximada de 26 km/h. En una clara manipulación de la información en el juicio denominado como “Once I”, en la cual influyó fuertemente un perito tan errático como deshonesto, se pretendió decir que la aparición de una foto de ubicación del GPS en la cual se medía una supuesta velocidad de 20 km/h demostraba que el motorman sí había había frenado de 26 km/h a 20 km/h. Hoy se sabe, y pudo saberse antes (de haberse evaluado en un juicio desprovisto de presiones), que la foto de los 20 km/h es posterior al impacto y esa reducción no responde a una acción de frenado, sino que es producto del mismo golpe.

Hoy también se sabe que el tren “Chapa 16” tenía condiciones de frenado para evitar el hecho. Los peritos, salvo el hoy investigado Brito, en el legajo de la Pericia Técnica concluyeron: “Teniendo en cuenta los ensayos, pruebas, comprobaciones y mediciones….No se ha encontrado evidencia objetiva de falla o mal funcionamiento de los sistemas de frenos de la formación 16”.

¿Cuantas veces hemos escuchado que los frenos funcionaban mal y que ello habría causado el desastre? Ello es falso. Contundemente falso.

Incluso en la causa constan testimonios de diversos motormen que denotan que no existieron irregularidades en el tren chapa 16 el día de la tragedia. Pero claro, nadie reproduce este dato.

Se cuestionó la ausencia de paragolpe hidráulico en ese andén. Sin embargo, nadie dice que los paragolpes de la estación allí eran fijos desde el año 1961.

Hoy quedó claro que el paragolpe hidráulico nada hubiera evitado frente a un impacto de una formación a 26 km/h: nuevamente el problema no fue el paragolpe del andén, sino que un motorman, por razones que no fueron investigadas con seriedad (a pesar de que había situaciones enormemente importantes como la confirmación de alcohol en sangre del conductor), nunca aplicó los frenos; nunca y de ningún modo.

Se cuestionó que los vagones no tuvieran sistema de antiacaballamiento. Pero hay que decir que no sólo ese no ha sido el factor que explica el resultado, sino que los trenes Toshiba de esa generación eran incompatibles con dicho sistema. Adicionalmente hay que informar (algo que en la causa está claro) que el sistema antiacaballamiento tiene un límite funcional que depende de la velocidad a la cual circula la formación: el dato relevante es que frente a un Tren que impacta a 26 km/h no hay ninguna chance de modificar el resultado trágico (el limite es 15 km/h).

También fue manipulado el tema del óxido en la estructura del tren. En el llamado Juicio de “ONCE II”, Brito se desdijo de sus afirmaciones preliminares fuera de sustento y relató que la posibilidad de confirmar la existencia de óxido desde el punto de vista científico (el único que importa) es a través de una pericia específica que no fue realizada en este caso.

Se habló, nuevamente con intencionalidad falta de ética, sobre una supuesta superpoblación en el servicio de trenes de aquella mañana. Sin embargo, hoy sabemos y ha quedado probado que no existe norma a nivel internacional y nacional que limite la cantidad de gente que puede subir al tren. Con solo ver las imágenes del video que consta en la causa ellas demuestran que el tren no estaba en su máxima capacidad puesto que en las estaciones previas había cientos de personas más y frenó perfectamente incluso ingresando a velocidades mayores. Entre esas ultimas estaciones y la terminal, como es obvio, ese día y siempre bajaron mas pasajeros que los que subieron a la formación.

Querer vincular esta tragedia al contexto general del estado del servicio de trenes es tan errado como injusto.

Desde el punto de vista del derecho penal estos extremos son los únicos a tener en cuenta y todos ellos, sin excepción, demuestran que cualquier condena judicial es insostenible. Lo demás es manipuleo mediático, o mentiras vergonzosas, o un claro caso de Fake Jus: la peor versión del Lawfare.

En últimos años no está siendo fácil que los jueces (en particular los de la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires) entiendan que la sociedad y la propia república no espera de ellos que repartan estigmatizaciones y castigos de acuerdo a las mejores respuestas que sugieran los teoremas que los propios medios de comunicación instalan como consecuencia de las agendas públicas de las coyunturas cotidianas. Por el contrario, se espera de los jueces, en primer lugar, que consoliden un relato de aquello que en verdad pasó. Un relato que al provenir de jueces honestos, transparentes, liberados de compromisos de cualquier tipo, ubicados tan cerca y tan lejos de los hechos como la sabiduría institucional de nuestra república establezca, nos permita procesar ese dolor.

La verdad seguramente no sana por sí misma, pero tranquiliza, pacifica y nos guía.

El rol de los jueces es muy trascendente siempre, pero en este tipo de casos su protagonismo se multiplica porque cuando el dolor social invade a toda una comunidad la ausencia de una verdad confiable tiende a sustituirse por un reclamo de venganza irracional. En esos momentos el hombre de a pie olvida que al dolor de la tragedia se le suma en esos casos el dolor republicano del castigo a quien no merece el reproche penal.

Cuando a la justicia penal le pedimos soluciones urgentes, castigos ejemplares (sin saber bien todavía aquello que en verdad ha sucedido) o actuar en memoria de quienes nos dejaron, es seguro que los jueces fracasarán en tamaño empeño. Nadie nos devuelve al pasado en el minuto previo a la tragedia. A jueces y a ciudadanos solo nos queda saber que pasó y organizar nuestras decisiones y opiniones a partir de esa verdad.

Reconstruyamos un país devastado práctica y moralmente, pero para ello comencemos con la verdad. Solo desde la verdad se ve el horizonte.

Maxi Rusconi -Doctor en Derecho. Abogado de Julio de Vido y Juan Pablo Schiavi.