Casación dejó firmes las sentencias de David Quispe Viza y José Varela
- Publicado el 14/08/2019
Finalmente, la Cámara de Casación dejó firmes las sentencias del Tribunal Oral N 1 de David Quispe Viza y José Carlos Varela.
Fueron dos causas que conmocionaron Junín. José Carlos Varela fue el autor del brutal crimen de Camila Borda. En tanto David Quispe Visa fue acusado de doble homicidio con dolo eventual del que resultaran víctimas Miguel Ángel Colombo y Sol Medialdea.
Por un lado, la que tiene como condenado a José Carlos Varela por la muerte de Camila Borda y por el otro, a David Quispe Viza por el doble homicidio con dolo eventual del que resultaran víctimas Miguel Ángel Colombo y Sol Medialdea.
La decisión corresponde, en el caso Varela, a la sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, integrada por los doctores Carlos Natiello y Mario Eduardo Kohan.
Con respecto a Quispe Viza, falló la Sala I del Tribunal, a través de los Dres. Daniel Carral y Ricardo Maidana.
El asesor letrado de José Carlos Varela, Dr. Gerardo Doyle había presentado el recurso tras el fallo del TOC que lo condenó a reclusión perpetua por los delitos de abuso sexual calificado por haber sido cometido mediante acceso carnal y concurso real con homicidio doblemente calificado por su comisión mediante alevosía y criminis cause en concurso ideal.
En el recurso interpuesto, el defensor oficial denunció el “recurrente absurdo y arbitrariedad en la valoración de la prueba en cuando a la determinación de la capacidad de culpabilidad del imputado”.
Además, entendía Doyle que “al no existir posibilidad de otorgamiento de la libertad condicional vigente y la edad del imputado -42 años- se presume que Varela agotará la pena en un establecimiento penitenciario hasta el día de su fallecimiento”.
El pedido concreto fue el de la impugnación de la sentencia y la absolución de su defendido “sin perjuicio de seguridad o internación”. Caso contrario, se declare la “inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y se imponga la de 25 años”.
El 8 del corriente, Casación declaró “formalmente admisible el recurso de casación interpuesto a favor de José Carlos Varela” y lo rechazó por improcedente.
Quispe Viza fue condenado por el TOC 1, el 14 de septiembre del año pasado, a la pena de 9 años de prisión, inhabilitación absoluta y especial para conducir vehículos por diez años por resultar autor penalmente responsable de los delitos de homicidio simple en dos oportunidades y lesiones graves en cuatro, en concurso ideal.
El asesor letrado de Quispe Viza presentó el recurso al sostener que se había encuadrado “erróneamente la conducta comprobada, debiendo subsumir el evento en las figuras de homicidio y lesiones culposas”. Cuestiona en su presentación, que su defendido “haya podido representarse como probable la producción del resultado”.
Los camaristas resolvieron declarar “admisible la impugnación deducida” por el Dr. Franco Rosello, defensor particular de Quispe Viza y declaró “admisible la impugnación deducida” y rechazó “por improcedente el recurso de casación interpuesto en favor de David Quispe Viza”.
El hecho en cuestión fue el que se produjo el 3 de marzo de 2016, a las 21:10 hs., a la altura del km. 232.5 de la Ruta 7, cuando David Quispe Viza, en momentos en que conducía una Peugeot Partner en sentido Junín-Chacabuco, sin carnet habilitante y habiendo consumido bebidas alcohólicas, chocó al Volkswagen Bora conducido por Miguel Ángel Colombo, quien conducía correctamente.
Se pudo probar además, que a lo largo de 40 kilómetros, el condenado realizaba maniobras zigzagueantes invadiendo el carril contrario y desoyendo las advertencias de otros conductores.
Como consecuencia del impacto perdieron la vida Colombo y la adolescente Marías Sol Medialdea y sufrieron lesiones graves Milagros Medialdea, Delfina Colombo, María Orrico y Freddy Huarcaya Cruz, éste último, acompañante de Quispe Viza.