Quedó promulgada la ley que reduce las tarifas de gas en zonas de bajas temperaturas
- Publicado el 07/07/2021
Comienza a regir el nuevo esquema de "zonas frías" que amplía las reducciones en las tarifas de gas a varias provincias del centro de país y otorga rebajas más fuertes para titulares de AUH, AUE y otras asignaciones y prestaciones que se cobran a través de Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
El Gobierno promulgó este miércoles la Ley 27.637 en el Boletín Oficial a través del Decreto 441/2021 que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán. Una iniciativa impulsada por el jefe de bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner, y beneficia a más de 4 millones de residentes de zonas con bajas y templadas temperaturas en 12 provincias.
La normativa estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2031 y beneficiará con una disminución del 30% en la tarifa a los usuarios de 12 provincias que posean "servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido y todos los usuarios del servicio general P de aquellas localidades abastecidas con gas propano indiluido".
Rebaja en la tarifa de gas para AUH, AUE y beneficiarios de Anses
Para los usuarios que cobren alguna asignación o prestación a través de Anses la reducción en el pago del servicio será del 50%. La lista de beneficiarios:
- 1. Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
- 2. Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- 3. Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
- 4. Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- 5. Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- 6. Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.
- 7. Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la ley 27.351.
- 8. Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844.
- 9. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
- 10. Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
"La tarifa diferencial establecida en la presente ley no excluirá los beneficios otorgados por otras normas", afirma la norma.
Zonas frías: qué localidades pagarán menos
La Patagonia, la Puna y la localidad mendocina de Malargüe ya gozan de este beneficio y ahora se sumará toda la provincia de Mendoza, 50 municipios de la provincia de Buenos Aires con bajas temperaturas, a excepción del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA); Córdoba, San Juan, Catamarca, San Luis y Salta, y el sur de Santa Fe.