Qué dice la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos que JxC evitó tratar
- Publicado el 05/10/2021
El proyecto de Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos que buscaba ser tratado este martes en el Congreso busca brindar información a los consumidores sobre los componentes de los alimentos como azúcares, sodio y grasas saturadas con el objetivo de prevenir “la malnutrición de la población”. Sin embargo, Juntos por el Cambio evitó dar el quórum para tratar esta importante iniciativa que tiene tiempo hasta diciembre de ser aprobada, ya que después perderá estado parlamentario.
El principal objetivo del proyecto es dejar a la vista de todas y todos los consumidores la presencia en alimentos y bebidas de altos niveles de los denominados “nutrientes críticos” (grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías), según criterios basados en el “Perfil de Nutrientes de la OPS”.
De aprobarse la ley, los productos que sobrepasen los límites fijados por el organismo deberán tener en el frente de sus envases una etiqueta octogonal negra, con borde y letras de color blanco, que advierta sobre el exceso del nutriente crítico que corresponda en cada caso.
Principales puntos
-Advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
-Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
-Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
-Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, y/o “Exceso en calorías”.
-En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”.
-En caso de contener cafeína, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
-El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
-El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
-No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
-Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
-Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
¿Qué prohíbe?
El texto del proyecto establece una serie de prohibiciones. En primer lugar, prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles.
Además, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes, ya que según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, realizada en 2018, en Argentina el porcentaje de niñes de 0 a 5 años con exceso de peso es del 13,6%.
También se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
Por otro lado, se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
Finalmente, se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito para este tipo de alimentos.
¿Quiénes la apoyan y quiénes se oponen?
La iniciativa recibió media sanción en la Cámara de Senadores a finales de octubre del año pasado, con 64 votos a favor y 3 en contra (de las legisladoras tucumanas Silvia Elías de Pérez, del radicalismo; Beatriz Mirkin, del Frente de Todos; y la riojana del interbloque Parlamentario Federal, Clara Vega). En Diputados, la mayor parte del Frente de Todos la apoya, mientras que Juntos por el Cambio evitó por el momento que se tratara.
La iniciativa es apoyada tanto por actores locales que militan la alimentación saludable como por organismos internacionales, entre ellos la Organización Panamericana de la Salud (OPS), UNICEF y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).
Los principales actores en contra del proyecto provienen de la industria alimenticia. Entre ellos se destaca la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal), quien aseguró que “los modelos aislados que preconizan la demonización de los alimentos, lejos de cumplir sus objetivos constituirán un daño en los consumidores al proporcionar información incorrecta”.
En una línea similar, el Centro de la Industria Lechera (CIL), advirtió que la norma “hará que en el Mercosur los productos lácteos argentinos estén en inferioridad de condiciones respecto de los de otros países y que un mismo producto lácteo en Argentina lleve dos sellos y en Brasil ninguno”.
Entre quienes intentan dilatar la sanción de la ley también se encuentra la Cámara Azucarera Argentina, que agrupa a empresas que se verían perjudicadas por la mayor información nutricional en manos de consumidores. “El etiquetado frontal tiene que ser de carácter informativo y no restrictivo”, planteó sobre la iniciativa.
Un argumento parecido esgrimió recientemente la Amcham, la cámara de empresas estadounidenses en la Argentina. “Demoniza una serie de alimentos, que contienen nutrientes críticos, como el azúcar, y que forman parte del tejido productivo de numerosas provincias”, indicó la entidad. (DIB)