Las pymes esperan la reglamentación para pagar los salarios de abril con asistencia estatal

  • Publicado el 08/04/2020

Las pymes esperan la reglamentación del DNU 332/2020, que fijó entre sus puntos principales recortes en las cargas patronales y la posibilidad de acceder al Programa de Recuperación Productiva (Repro), para poder pagar los salarios de abril con asistencia estatal en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus, según se explicó hoy en una videoconferencia organizada por el Estudio Lisicki Litvin.

"La aplicación del decreto será en abril, porque los tiempos para la liquidación de marzo ya pasaron. Desgraciadamente no está accesible aún, falta reglamentar pero recién será para abril", respondió el expositor Juan Carlos Cerutti, director de Derecho de Trabajo de Plan A, ante la pregunta de los asistentes virtuales.

"Está por ponerse operativo, pero aún no está disponible. Los sueldos de marzo deberán liquidarse sin beneficios pese a que las pymes esperaban poder hacerlo", coincidió Silvia Tedín del estudio SMS, ante la consulta de Télam,

Si la asistencia estatal llegará a la empresa o a la cuenta sueldo de cada trabajador, si los beneficios están disponibles o será para los sueldos de abril, si para acceder a los beneficios la empresa no debe haber realizado despidos, fueron algunas de las preguntas que quedaron plasmadas en la videoconferencia, que contó con la participación de alrededor de centenar de asistentes remotos.

Desde la AFIP, señalaron que el organismo se encuentra a la espera de "que otras áreas saquen sus reglamentaciones para avanzar en la resolución general".

El DNU 347/2020 del lunes pasado permite a las empresas de servicios esenciales acceder a estos beneficios, siempre que acrediten los requisitos fijados con anterioridad en el DNU 332/2020.

El Decreto 332, firmado hace una semana por el presidente Alberto Fernández, establece la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.

Este programa contempla la posibilidad de que las empresas comprendidas puedan acceder a una postergación o reducción de hasta el 95% en el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino o también la asignación Compensatoria al Salario, en el caso de las firmas que tengan hasta 100 empleados.

También propone un nuevo esquema de REPRO con asistencia, siempre por la emergencia sanitaria, para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 empleados en cuyo caso la prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.

En este caso, entre los requisitos para la obtención figuran que las actividades económicas se hayan visto afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan; tener una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19, o acreditar una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.

Además, el decreto establece la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino y la reducción de hasta el 95 % de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril del 2020 para empleadores que no superen los 60 trabajadores contratados (aquellos que lo superen, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis).

 

Fuente: Telam